Para el desarrollo de las actividades físicas se deberán respetar los grupos correspondientes a cada burbuja los cuales podrán ser mixtos, y se deberán priorizar el uso de espacios al aire libre, ya sea en establecimientos educativos, polideportivos, clubes, entre otros.
Así mismo, para la realización de la
actividad física el referente familiar o adulto responsable deberá presentar
una planilla de salud debidamente
suscripta que habilitará al estudiante a tal fin.
Se deberá cumplir con las medidas de distanciamiento conforme se detalla a
continuación:
- 2 metros en actividades sin desplazamiento y que no producen hiperventilación.
- 4 metros durante los momentos de recuperación y al finalizar la actividad hasta que se recupere un ritmo respiratorio habitual.
- 6 metros durante la práctica de la actividad, cuando la misma hace que la/el estudiante se encuentre hiperventilado.
Durante
el desarrollo de actividades físicas las/os estudiantes se encuentran
exceptuados del uso de tapaboca. Podrán optar por su uso exclusivamente para
actividades de baja intensidad.
Además se considerará:
- Maximizar el distanciamiento de los grupos para evitar las cadenas de transmisión.
- Evitar actividades de contacto que no permitan respetar el distanciamiento social.
- Organizar las clases de educación física al aire libre siempre que sea posible.
- En caso de realizar la actividad en espacios interiores, garantizar el lavado de manos y la adecuada circulación de aire, debido al aumento del ritmo respiratorio de los/as estudiantes.
- Durante el desarrollo de actividades físicas, deportivas, recreos y descansos programados se podrá hacer uso de elementos y materiales tales como pelotas. Sogas, colchonetas, entre otros, siempre y cuando se respeten las medidas de higiene adecuadas.
PROTOCOLO PARA EL INICIO DE LAS CLASES PRESENCIALES 2021 – SUPERVISIÓN DE EDUCACIÓN FÍSICA DE 9 Y 10-
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